
DECRETO SUPREMO Nº 25905
REGLAMENTO COMPLEMENTARIO A LA LEY 1373
TITULO II
REGISTRO NACIONAL DE ARQUITECTOS Y
EJERCICIO PROFESIONAL DEL ARQUITECTO
REQUISITOS
PARA COLEGIARME
Matrícula del registro nacional de Arquitectos de Bolivia
La inscripción en el Registro Nacional de Arquitectos de Bolivia es condición obligatoria para el ejercicio de la profesión de Arquitecto en Bolivia.
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Para la verificación, regulación y fiscalización del ejercicio de la arquitectura, el Registro Nacional de Arquitectos de Bolivia establece la Matrícula de los arquitectos habilitados para dicho ejercicio.
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La Matrícula del Registro Nacional de Arquitectos de Bolivia consiste en la lista de los nombres de los arquitectos inscritos bajo un número de registro. La matrícula está respaldada por el archivo de documentos y datos personales de los arquitectos matriculados.
¿CÓMO AFILIARME?
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN AL REGISTRO NACIONAL
El Reglamento de la ley 1373 o Ley del Ejercicio Profesional del Arquitecto, en su Capítulo 1º establece lo siguiente:
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Carta de solicitud de inscripción dirigida al presidente del Colegio de Arquitectos de Cochabamba Arq. Fernando Morales Bernal. (2 ORIGINALES Y UNA COPIA)
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Presentar dos (2) fotocopias legalizadas del Título Académico más su recibo de caja del trámite de la universidad correspondiente, acompañar el original, cumpliendo con lo estipulado por el Art. 188 de la Constitución Política del Estado (SOLO PARA EFECTOS DE VERIFICACIÓN AL PRINCIPIO DEL TRÁMITE).
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Presentar dos (2) fotocopias legalizadas del Título Provisión Nacional más su recibo de caja del trámite de la universidad correspondiente, acompañar el original, cumpliendo con lo estipulado por el Art. 188 de la Constitución Política del Estado (SOLO PARA EFECTOS DE VERIFICACIÓN AL PRINCIPIO DEL TRÁMITE).
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En caso de un Título Académico de Universidad Extranjera, este deberá ser revalidado por la Universidad Boliviana o por el Estado, y presentar dos (2) fotocopia legalizada y una fotocopia simple de la copia legalizada anverso y reverso.
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Acta de proyecto de Grado original (para su verificación del trámite), más 2 fotocopias.
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En caso de acta de proyecto de Universidad Extranjera, este deberá ser revalidado por la Universidad Boliviana o por el Estado, y presentar dos (2) fotocopias simples anverso y reverso.
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2 ejemplares de su Currículum Vitae (físico). SIN DOCUMENTAR
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1 foto tamaño 3×3 con fondo blanco, traje formal. EN FISICO
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2 fotocopias de su CARNET DE IDENTIDAD A COLORES FIRMADO CON BOLIGRAFO AZUL.
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Comprobante de depósito bancario original (en perfecto estado) que acredite el pago de derecho de inscripción, siendo el valor a pagar por cada nuevo afiliado de Bs. 1.400.-, que serán abonados a la cuenta del Colegio de Arquitectos de Bolivia No. 350 – 0389140 del Banco Nacional de Bolivia. (Además de dos fotocopias del comprobante de depósito). CON FIRMA DEL INTERESADO EN VOUCHER
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En un CD deben presentar en FORMATO JPG, la siguiente documentación:
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foto tamaño 3×3 con fondo blanco, traje formal acta de proyecto de grado original. (NITIDA, FONDO BLANCO)
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título académico original (ANVERSO Y REVERSO)
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título provisión nacional original (ANVERSO Y REVERSO)
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carnet de identidad firmado en el centro con bolígrafo azul (A COLOR)
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comprobante del depósito bancario original, (FIRMADO POR INTERESADO)
NOTA 1: ESCANEADO EN COMPUTADORA NO CON CELULAR
NOTA 2: DOCUMENTACION QUE NO ESTE NITIDA Y/O LEGIBLE SERA RECHAZADA
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Formulario de inscripción en dos (2) ejemplares proporcionados por el Colegio de Arquitectos de Bolivia.
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2 Folders Institucionales de Bs. 10.- c/u. más 2 Timbres de Fortalecimiento de Bs. 4.50 c/u. a ser adquirido en el Colegio de Arquitectos de Cochabamba.
“UNA VEZ CONFIRMADO LA APROBACION DE SOLICITUD DE AFILIACION EN LA CAB, SE COMUNICARA CON EL INTERESADO PARA EL PUNTO N) Y O)
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”Pago del Aporte Institucional por una sola vez del monto de 1.314 UFVs. (Mil Trescientos Catorce 00/100 UFVs), equivalente al tipo de cambio del día, destinado al Fondo Institucional de Inversión Patrimonial y Servicios al Colegiado. El mismo será cancelado días antes al Acto de Juramento en la sección de Caja del Colegio de Arquitectos de Cochabamba (Junín Nº S-476, esq. Calama)
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Asistir a los cursos de capacitación de nuevos colegiados que se realiza durante 2 días en el horario de 15:00 a 19:00, en instalaciones de la Casa del Arquitecto.
COCHABAMBA, MAYO 2024
NUESTOS AUSPICIDORES




NUESTOS CONVENIOS








BENEFICIOS DE SER COLEGIADO
EL COLEGIO DE ARQUITECTOS DE COCHABAMBA OFRECE A GRADUADOS UNA PLATAFORMA PARA SU CARRERA. AL UNIRSE, ACCEDEN A CONTACTOS Y RECURSOS.
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CAPACITACION PROFESIONAL CONTINUA Y ESPECIALIZADA.
La capacitación profesional continua y especializada es fundamental en un mundo en constante evolución. Por eso, el CAC se dedica a ofrecer cursos de alto nivel en diversas especialidades, brindando a sus afiliados descuentos exclusivos y sustanciales. Mantenerse actualizado es clave para éxito profesional, y nosotros estamos aquí para facilitar ese proceso.
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REGISTRO PROFESIONAL.
El CAC asigna a cada profesional colegiado un número de registro que es válido para participar en licitaciones, convocatorias o requerimientos de diversas entidades y empresas.
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APOYO A LA INVESTIGACION CIENTIFICA.
El CAC fomenta el desarrollo profesional y la labor de sus miembros, al mismo tiempo que apoya la difusión de investigaciones realizadas por sus colegiados.
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BOLSA DE TRABAJO.
Las oportunidades de trabajo se comunican directamente a los colegiados para asegurar que estén siempre informados y actualizados. De esta manera, cada miembro tiene acceso inmediato a las ofertas disponibles y puede actuar con rapidez.
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DEFENSA PROFESIONAL.
La defensa profesional de los colegiados en cuestiones laborales es fundamental. El Tribunal de Ética del CAC se encarga de supervisar y garantizar la ética y la idoneidad de sus miembros.
CALCULO DE HONORARIOS PROFESIONALES
REGLAMENTOS INSTITUCIONALES 2023 / COLEGIO DE ARQUITECTOS DE BOLIVIA
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REGLAMENTO DE ARANCEL MÍNIMO
Artículo 1° (Objeto del arancel)
a) Se establece el presente Arancel de Honorarios a la labor ejercida por el profesional Arquitecto de acuerdo al Art. 12° inc. a) y al Art. 34° de la Ley del ejercicio Profesional NO 1373 del 13/11/92.
b) Los valores de honorarios diferenciados establecidos en el arancel son los mínimos que deben percibirlos arquitectos por su labor profesional.
c) Arancel es la tarifa oficial que determina los derechos que deberá pagar y/o cancelar a un determinado servicio.